L, C H Y OTRO c/ OSOCNA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD
Los actores promovieron una acción de amparo contra OSOCNA y OSDE para mantener su afiliación al Plan 210 sin limitaciones. El Juzgado Civil y Comercial Federal 8 hizo lugar a la acción, ordenando a las demandadas mantener la afiliación y prestaciones de salud.
- Quién demanda: C.H.L. y S.M.P.
¿A quién se demanda?
Obra Social de Comisarios Navales (OSOCNA) y Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Mantener la afiliación al Plan 210 sin limitaciones temporales y presupuestarias.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la acción de amparo, ordenando a las demandadas mantener la afiliación y prestaciones de salud.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La mera circunstancia de jubilarse no implica, automáticamente, la transferencia del beneficiario al I.N.S.S.J.P., sino que subsiste para el ex trabajador el derecho de permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces." "La aplicación de los decretos 292/95 y 492/95 conculca el derecho a la salud y los derechos adquiridos del peticionario amparados por la Constitución Nacional." "La decisión adoptada por las demandadas no es ajustada a derecho, ya que conduce a la ruptura unilateral de aquella relación, pretendiendo imponer como obligatoria una afiliación que la propia ley previó con carácter facultativo."
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