S, J C c/ OSEN Y OTRO s/AMPARO DE SALUD
El actor promovió acción de amparo contra la Obra Social de Electricistas Navales (OSEN) y OSDE para mantener su afiliación en el Plan 2 210 G tras su jubilación. El Juzgado Civil y Comercial Federal 8 hizo lugar a la acción, reconociendo el derecho a la salud del demandante.
Actor: J.C.S. Demandado: Obra Social de Electricistas Navales (OSEN) y Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE) Objeto: Mantener la afiliación en el Plan 2 210 G sin limitaciones tras la jubilación. Decisión: Se hizo lugar a la acción de amparo, ordenando a las demandadas mantener la afiliación del actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La aplicación de los decretos 292/95 y 492/95 conculca el derecho a la salud y los derechos adquiridos del peticionario amparados por la Constitución Nacional." "La mera circunstancia de jubilarse no implica, automáticamente, la transferencia del beneficiario al I.N.S.S.J.P., sino que subsiste para el ex trabajador el derecho de permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces." "La decisión adoptada por las demandadas no es ajustada a derecho, ya que conduce a la ruptura unilateral de aquella relación, pretendiendo imponer como obligatoria una afiliación que la propia ley previó con carácter facultativo."
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