PARDO GRACIELA LIDIA C/ HEREDEROS DE JUAN GREGORIO PEREA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Graciela Lidia Pardo demandó a los herederos de Juan Gregorio Perea por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial elevó las indemnizaciones por incapacidad y daño moral, ajustando los montos a la realidad económica actual.
Actor: Graciela Lidia Pardo Demandado: Herederos de Juan Gregorio Perea Objeto: Daños y perjuicios por un accidente de tránsito Decisión: Se elevan los montos indemnizatorios por incapacidad y daño moral, y se ajusta el límite de cobertura de la póliza de seguro.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La incapacidad puede ser definida como 'la inhabilidad o impedimento, o bien, como la dificultad apreciable en algún grado para el ejercicio de funciones vitales'... La norma indica la aplicación de una fórmula matemática financiera para la determinación de la cuantía resarcitoria, ello está vinculado con la posibilidad de control racional que otorga el método..." "El daño moral importa una lesión en los sentimientos que determina dolor o sufrimientos físicos, inquietud espiritual... a fin de justipreciarlo, ha de recurrirse a las circunstancias sociales, económicas y familiares de las víctimas porque la indemnización no puede llegar a enriquecer a los reclamantes." "El límite de la responsabilidad de la citada en garantía debe ser fijado conforme el que establezca la resolución respectiva de la Superintendencia de Seguros para la cobertura contratada que se encuentre vigente al momento en que tenga lugar el efectivo pago."
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