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M C C/ C M S Y OTROS S/ALIMENTOS

El actor promovió demanda de alimentos contra el progenitor y los abuelos paternos de la alimentista. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, revocando la condena a los abuelos y reduciendo la cuota alimentaria a cargo del progenitor.

Alimentos Progenitor Abuelos Cuota alimentaria Subsidiariedad Codigo civil y comercial Responsabilidad parental Cuota minima Ingresos Derecho de familia

Actor: C M Demandado: M S C; Á S C; A G C Objeto: Cuota alimentaria Decisión: Se revoca la condena a los abuelos y se reduce la cuota del progenitor a 25% de sus ingresos netos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El art. 668 del Código Civil y Comercial establece la posibilidad de reclamar alimentos a los ascendientes en el mismo proceso que al progenitor, sin suprimir la subsidiaridad de fondo, pues los primeros obligados siguen siendo los padres." "No se encuentra acreditado en el caso el presupuesto legal que habilita la procedencia del reclamo contra los ascendientes." "La sola circunstancia de que el padre resida fuera del país no basta para justificar la procedencia de la obligación subsidiaria de los abuelos." "La cuota fijada en la instancia de origen -equivalente a dos y medio Salarios Mínimos, Vitales y Móviles
- representa un porcentaje significativo de los ingresos del alimentante, susceptible de comprometer su propia subsistencia."

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