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A. M. L. C/ G. A. E. S/ ALIMENTOS

El demandante solicitó un aumento de la cuota alimentaria y cuestionó la liquidación de honorarios. La Cámara de Apelaciones modificó parcialmente la liquidación y revocó la imposición de costas al alimentante.

Alimentos Aumento de cuota Honorarios Liquidacion Costas Incidente Codigo civil y comercial Ley 14.967 Provincia de buenos aires Camara de apelaciones

Actor: A. M. L. Demandado: G. A. E. Objeto: Aumento de cuota alimentaria y liquidación de honorarios. Decisión: Se confirma la base regulatoria de honorarios, se modifica la liquidación de la cuota alimentaria y se revoca la imposición de costas al alimentante.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La regulación de honorarios en materia de alimentos debe efectuarse aplicando la regla del art. 39, segundo párrafo, de la ley 14.967." "En cuanto a las costas, la condenación en costas al alimentante está impuesta por la índole especial de la prestación debida." "Las costas en el juicio de alimentos deben estar a cargo del alimentante y que el mismo resulta ser la parte vencida en el presente proceso."

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