C. P. S. A. Y OTRO/A C/ C. E. O. Y OTROS S/ INCIDENTE DE ALIMENTOS
Los abuelos paternos apelaron la sentencia que fijó una cuota alimentaria a favor de sus nietos. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia, rechazando los argumentos de falta de notificación y legitimación activa.
Actor: S. C. P.; S. A. C. P. Demandado: E. O. C.; S. M. Objeto: Cuota alimentaria. Decisión: Se confirmó la sentencia que estableció la cuota alimentaria y se rechazó el recurso de apelación de los abuelos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso no prospera... surge que ambos apelantes fueron notificados del traslado de la demanda incidental en el domicilio... mediante las cédulas digitalizadas el 1-10-2024." "La legitimación activa para promover y continuar el presente reclamo alimentario surge... del pleno ejercicio de la responsabilidad parental..." "Advierto que se encuentran reunidos los requisitos establecidos por el art. 668 del CCyC en cuanto a la acreditación de las dificultades de percibir los alimentos por parte del obligado principal..."
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