M. N. J. C/ G. J. M. S/ CUIDADO PERSONAL-REGIMEN DE COMUNICACION DE HIJOS
El demandado apeló la resolución que impuso costas y reguló honorarios en un proceso de cuidado personal de hijos. La Cámara rechazó el recurso de apelación, confirmando la decisión de primera instancia y manteniendo las costas a cargo del recurrente.
Actor: M., N. J. C. Demandado: G., J. M. Objeto: Impugnación de la imposición de costas y regulación de honorarios. Decisión: Se rechazó el recurso de apelación del demandado y se declaró inadmisible el recurso del letrado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El desconocimiento por parte de la actora de la prueba agregada por el demandado... era una carga procesal prevista por el art.356 del CPCC, lo que derivó en la lógica necesidad de producir la prueba ofrecida para acreditar su autenticidad." "El recurso deviene inadmisible... no se imponen costas." "Se impone las costas de alzada al recurrente vencido (art. 68 del CPCC)."
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