LOPEZ MARCELA ALEJANDRA C/ MICRO OMNIBUS PRIMERA JUNTA S.A Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Marcela Alejandra López demandó a Micro Omnibus Primera Junta S.A. y Mutual Rivadavia de Seguros por daños y perjuicios tras el fallecimiento de su conviviente en un accidente de tránsito. El Tribunal rechazó la demanda, atribuyendo la responsabilidad al propio fallecido por violar las normas de tránsito.
Actor: Marcela Alejandra López Demandado: Micro Omnibus Primera Junta S.A.; Mutual Rivadavia de Seguros del Transporte Público de Pasajeros Objeto: Daños y perjuicios por el fallecimiento de su conviviente en un accidente de tránsito. Decisión: Se rechazó la demanda por considerar que el fallecido fue responsable del accidente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Código Civil y Comercial -art. 1745
- incorpora como legitimado activo con presunción iuris tantum de daño patrimonial al conviviente de la pareja... la convivencia alegada por la accionante y por lo tanto legitimada para efectuar este reclamo."
"El señor Gonzalez ha procedido en franca violación a lo normado por los artículos 39 -inciso b)
- y 41 -inciso g) apartado 3
- de la Ley 24.449, y por ello estimo correcto señalar que ha sido responsable con su accionar del evento dañoso base de estas actuaciones."
"Las costas corresponden que las mismas sean impuestas a la parte accionante, por revestir el carácter de sustancial perdidosa en el presente iter."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: