A., E.C/ S. D. R. Y G. K. L. S/ALIMENTOS
El actor apeló la sentencia que rechazó la demanda de alimentos contra los abuelos paternos de su hijo. La Cámara de Apelaciones modificó la decisión y fijó una cuota alimentaria a cargo del abuelo paterno, priorizando el interés superior del niño.
Actor: E. A. Demandado: R. S.; G. K. L. Objeto: Cuota alimentaria para el menor U. S. Decisión: Se revocó la sentencia de primera instancia y se fijó una cuota alimentaria a cargo del abuelo paterno.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El juez de grado hizo hincapié en la escasa actividad probatoria de la actora, quien 'pareciera reducir el presente litigio en una guerra de meras manifestaciones'... La mera manifestación de que el progenitor de U. incumple con el pago de la prestación asistencial, no trae como consecuencia sine qua non la fijación de una cuota alimentaria a cargo de los progenitores de éste... En consecuencia, revocar la sentencia impugnada y determinar entonces, el monto de la cuota alimentaria subsidiaria a abonar en favor de U. S." "Corresponde, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada y determinar entonces, el monto de la cuota alimentaria subsidiaria a abonar en favor de U. S. (de 8 años)... fijar la prestación de alimentos a cargo del Sr. R. S. en el equivalente al 10% del haber previsional que percibe mensualmente como jubilado de AUBASA."
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