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CLAUSEN JULIETA ESTEFANIA C/ IPS S/ MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA O ANTICIPADA - PREVISION

Clausen Julieta Estefanía, en calidad de tutora, solicita una medida cautelar para reanudar el pago de la pensión de su hermano menor. El Tribunal hace lugar parcialmente a la medida, ordenando al IPS que resuelva la solicitud en un plazo de cinco días.

Medida cautelar Pension Tutela Instituto de prevision social Cobertura de salud Derecho alimentario Procedimiento administrativo Verosimilitud del derecho Peligro en la demora Acto administrativo

Actor: Clausen Julieta Estefanía Demandado: Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Restablecimiento del pago de la pensión y cobertura de salud para su hermano menor, Clausen Alex Einar. Decisión: Se hace lugar a la medida cautelar, ordenando al IPS que emita el acto administrativo correspondiente en un plazo de cinco días.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La tutela requerida implica un mandato de hacer, especie específicamente prevista en el CPCA... permite al órgano judicial ejercer su poder cautelar general a través, entre otras formas, de la emisión de mandatos dirigidos a las entidades públicas... se puede adelantar la conclusión en sentido favorable al pedimento cautelar... dado que, para su concesión resulta necesario el dictado del pertinente acto que así lo disponga... el peligro en la demora, la suspensión del beneficio pensionario en favor del menor con la consecuente pérdida de la cobertura social resulta evidente... mal podría considerarse afectado el orden público con un mandato de tales características si no se está haciendo más que coadyuvando a la eficiencia administrativa..."

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