TORRES PATRICIA MÓNICA C/ INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL S/ PRETENSION ANULATORIA - PREVISION
Patricia Mónica Torres promovió una pretensión anulatoria contra el Instituto de Previsión Social para modificar su haber jubilatorio. El Tribunal hizo lugar a la demanda, reconociendo el cargo de Directora de 2da - EGB como base para el cálculo de su jubilación.
Actor: Patricia Mónica Torres
Demandado: Instituto de Previsión Social
Objeto: Anulación de la Resolución 006.546 y reconocimiento del haber jubilatorio basado en el cargo de Directora de 2da
- EGB.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda, reconociendo el haber jubilatorio de la actora en base al cargo de Directora de 2da
- EGB.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Instituto incurrió en un error al tomar como referencia lo informado por el DGCyE, debiendo haber solicitado información a la DIPREGEP, ya que la Sra. Torres desempeñó su cargo en una institución privada." "El artículo 41 del DL 9650/80 establece que el haber mensual de la jubilación ordinaria será el equivalente al 70% de la remuneración mensual asignada al cargo que era titular el afiliado a la fecha de cesar en el servicio." "La reforma educativa no puede implicar un perjuicio para los docentes que ejercieron sus funciones bajo el marco de ambos regímenes."
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