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L., U. A. S/ INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS Y REGIMEN ABIERTO EN CAUSA 19971 (IPP 03-01-000710-25) UFIJ 7 (20191 - JEP)

El penado Uriel Alejandro Lescano solicitó salidas transitorias y régimen abierto en su causa penal. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión del juez de ejecución que denegó dichos beneficios, argumentando la necesidad de informes del Servicio Penitenciario.

Incidente Salidas transitorias Regimen abierto Ejecucion penal Informe del servicio penitenciario Progresividad Resocializacion Denegacion de beneficios Principio de division de poderes Derecho penal

Actor: Defensa Oficial Dra. María Verónica Olindi Huespi Demandado: LESCANO GARCÍA URIEL ALEJANDRO Objeto: Salidas transitorias y régimen abierto Decisión: Se confirma la resolución que deniega las salidas transitorias y el régimen abierto

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El a quo ha valorado correctamente el informe del servicio penitenciario, ajustándose a derecho la resolución apelada, por cuanto es la propia ley que se pretende aplicar al caso (Ley provincial de Ejecución Penal n° 12.256) en su artículo 100, la que establece la necesidad del informe del Servicio Penitenciario." "Cabe destacar que, son dichos agentes penitenciarios quienes se encuentran en permanente contacto y evaluación de los penados de su unidad, conociendo más acabadamente los progresos o no de los mismos para estimar la conveniencia real o no de los cambios de régimen." "Se observa afligido por encontrarse en una situación que no creyó volver a vivir, expresa que tenía un proyecto vital que no pudo concretar."

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