L., U. A. S/ INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS Y REGIMEN ABIERTO EN CAUSA 19971 (IPP 03-01-000710-25) UFIJ 7 (20191 - JEP)
El penado Uriel Alejandro Lescano solicitó salidas transitorias y régimen abierto en su causa penal. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión del juez de ejecución que denegó dichos beneficios, argumentando la necesidad de informes del Servicio Penitenciario.
Actor: Defensa Oficial Dra. María Verónica Olindi Huespi Demandado: LESCANO GARCÍA URIEL ALEJANDRO Objeto: Salidas transitorias y régimen abierto Decisión: Se confirma la resolución que deniega las salidas transitorias y el régimen abierto
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El a quo ha valorado correctamente el informe del servicio penitenciario, ajustándose a derecho la resolución apelada, por cuanto es la propia ley que se pretende aplicar al caso (Ley provincial de Ejecución Penal n° 12.256) en su artículo 100, la que establece la necesidad del informe del Servicio Penitenciario." "Cabe destacar que, son dichos agentes penitenciarios quienes se encuentran en permanente contacto y evaluación de los penados de su unidad, conociendo más acabadamente los progresos o no de los mismos para estimar la conveniencia real o no de los cambios de régimen." "Se observa afligido por encontrarse en una situación que no creyó volver a vivir, expresa que tenía un proyecto vital que no pudo concretar."
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