PÉREZ HÉCTOR DANIEL C/ CAJA DE JUBILACIONES SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
El actor reclamó el restablecimiento de derechos previsionales ante la Caja de Jubilaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires. La Cámara confirmó la inconstitucionalidad de un artículo de la ley 15.008, reconociendo el derecho del actor a que sus haberes se liquiden conforme al régimen anterior.
Actor: Pérez Héctor Daniel Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Reconocimiento y restablecimiento de derechos previsionales Decisión: Se confirma la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 y se reconoce el derecho del actor a que sus haberes se liquiden conforme al régimen anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La jueza a quo dictó sentencia por la que resolvió hacer lugar parcialmente a la pretensión de reconocimiento y restablecimiento de derechos deducida en autos contra la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Banco de la Provincia de Buenos Aires, declarando la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15008 en su aplicación concreta al caso." "El artículo 41 de la ley 15.008 atiende a indicadores completamente ajenos al cargo regulatorio del haber, provocando la pérdida del carácter sustitutivo de la prestación previsional." "La movilidad de los agentes pasivos del Banco de la Provincia de Buenos Aires ha quedado librada a los avatares de un sistema previsional extraño, que en los hechos ha probado ser inestable o azaroso."
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