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SOSA LAURA ELENA C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION

Laura Elena Sosa demandó a la Caja de Jubilaciones del Banco Provincia por el reajuste de su haber previsional. La Cámara de Apelación confirmó la inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley 15.008 y modificó la metodología de cálculo de intereses.

Recurso de apelacion Derecho previsional Inconstitucionalidad Reajuste de haberes Tasa de interes Caja de jubilaciones Seguridad social Ley 15.008 Proporcionalidad Derechos adquiridos

Actor: Laura Elena Sosa Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco Provincia Objeto: Reajuste de haber previsional Decisión: Se confirma parcialmente la sentencia de grado, reconociendo el derecho al reajuste y modificando la metodología de cálculo de intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El art. 41 de la ley 15.008 se muestra contrario a uno de los pilares básicos que sustentan el sistema previsional provincial, cual es la necesaria proporción que debe existir entre el haber de pasividad y el de actividad, atendiendo a la naturaleza sustitutiva que cabe reconocer al primero respecto del segundo." "La movilidad del período involucrado en ningún caso se calcula de acuerdo a variables propias de la remuneración relativa al cargo base, provocando la pérdida del carácter sustitutivo de la prestación previsional." "Se admite la crítica sobre la tasa de interés, ordenando calcular las retroactividades a valores actuales, adicionando los intereses calculados desde cada devengamiento y hasta el dictado de la sentencia en el 6% anual."

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