DIEZ MANTEL MARIA GUADALUPE C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
María Guadalupe Diez Mantel demandó a la Caja de Jubilaciones del Banco Provincia por el restablecimiento de derechos previsionales. La Cámara de Apelaciones confirmó la inconstitucionalidad de un artículo de la ley 15.008, ordenando el cálculo de haberes conforme a la ley 13.364.
Actor: María Guadalupe Diez Mantel Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco Provincia Objeto: Restablecimiento de derechos previsionales Decisión: Se confirma la inconstitucionalidad del art. 41 de la ley 15.008 y se ordena el cálculo de haberes conforme a la ley 13.364.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El nuevo mecanismo de movilidad provoca un evidente menoscabo al principio de progresividad, consagrando la citada disposición de la ley 15.008, un sistema regresivo que vulnera la garantía constitucional del derecho a la seguridad social." "La movilidad del período involucrado en ningún caso se calcula de acuerdo a variables propias de la remuneración relativa al cargo base." "La preceptiva cuestionada consagra un sistema que se traduce en un desequilibrio de la razonable proporción que debe existir entre los haberes de actividad y pasividad."
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