DISTEFANO ESTELA LILIANA C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
Estela Liliana Distefano demandó a la Caja de Jubilaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires por el reconocimiento y restablecimiento de derechos previsionales. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo declaró la inconstitucionalidad de un artículo de la ley 15.008 y modificó la sentencia de grado en cuanto a la metodología de cálculo de haberes.
Actor: Estela Liliana Distefano Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Reconocimiento y restablecimiento de derechos previsionales Decisión: Se declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 y se modificó la metodología de cálculo de haberes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El nuevo mecanismo de movilidad provoca un evidente menoscabo al principio de progresividad, consagrando la citada disposición de la ley 15.008, un sistema regresivo que vulnera la garantía constitucional del derecho a la seguridad social." "La movilidad de los agentes pasivos del Banco de la Provincia de Buenos Aires ha quedado librada a los avatares de un sistema previsional extraño, que en los hechos ha probado ser inestable o azaroso." "Se manda a calcular las retroactividades a valores actuales, adicionando los intereses calculados desde cada devengamiento y hasta el dictado de la sentencia en el 6% anual."
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