VERSELLESI MONICA SILVINA C/ CAJA DE JUBILACIONES SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
El actor demandó a la Caja de Jubilaciones por el reconocimiento de derechos previsionales y la inconstitucionalidad de ciertos artículos de la Ley 15.008. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley 15.008 y ordenando el reajuste del haber previsional.
Actor: Mónica Silvina Versellesi Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco Objeto: Restablecimiento y reconocimiento de derechos previsionales Decisión: Se confirma la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley 15.008 y se ordena el reajuste del haber previsional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La jueza a quo dictó sentencia por la que resolvió acoger parcialmente a la demanda instaurada, declarando la inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley 15.008 y su inaplicabilidad al caso, reconociendo el derecho al Sr. Sra. Mónica Silvina Versellesi al reajuste de su haber de pasividad." "El régimen de movilidad dispuesto por la Ley 15.008 se muestra contrario a uno de los pilares básicos que sustentan el sistema previsional provincial, cual es la necesaria proporción que debe existir entre el haber de pasividad y el de actividad." "La movilidad de los agentes pasivos del Banco de la Provincia de Buenos Aires ha quedado librada a los avatares de un sistema previsional extraño, que en los hechos ha probado ser inestable o azaroso, proyectando impactos negativos que mengen la legítima situación subjetiva de quien accediera válidamente al goce de un ingreso proporcional y sustitutivo."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: