U., A. R. S/ INCIDENTE DE LIBERTAD ASISTIDA EN CAUSA N° 16828 (IPP 03-04-002265-22/00) UFIJ N° 8 (20530 - JEP)
El penado Aldo Ramón Ubeda interpuso un incidente de libertad asistida tras la denegación de su solicitud por el Juzgado de Ejecución Penal. La Cámara de Apelaciones revocó la decisión de primera instancia y concedió la libertad asistida, destacando la viabilidad del beneficio según informes criminológicos.
Actor: Ubeda, Aldo Ramón Demandado: Juzgado de Ejecución Penal Dptal Objeto: Libertad asistida Decisión: Se concede la libertad asistida a Ubeda
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La resolución dictada no reúne la exigencia constitucional de mínima fundamentación... se ha denegado el acceso de su asistido en el régimen de Libertad Asistida, obviándose la favorable opinión del Departamento Técnico Criminológico... la libertad asistida implica, como su nombre lo indica, la posibilidad de acceder al medio libre de manera anticipada, continuando con el cumplimiento de la sanción de manera vigilada... no se opone al otorgamiento." "La posibilidad del otorgamiento del instituto aquí en trato, no es facultad discrecional del poder estatal concederla, sino que debe prosperar cuando ante el reconocimiento de los requisitos legales... no aparecen valladares de peso para impedirla." "La notificación de la víctima de cuenta que la misma no se opone al otorgamiento."
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