N., S. Y OTRO S/ AMENAZAS (IPP 03-05-675-25) J. G. N°2
Silvina Navarro y Lisandro Ezequiel Pérez plantearon un incidente de competencia en el marco de una IPP por amenazas. La Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal acogió el rechazo de competencia y devolvió las actuaciones al Juzgado de Garantías N° 2 de Dolores.
Actor: Silvina Navarro Demandado: Lisandro Ezequiel Pérez Objeto: Cuestión de competencia en el marco de una IPP por amenazas. Decisión: Se acogió el rechazo de competencia y se devolvieron las actuaciones al Juzgado de Garantías N° 2 de Dolores.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El art. 34 del C.P.P. es claro al establecer: 'No procederá la acumulación de causas cuando este procedimiento determine un grave retardo para alguna de ellas...'. Teniendo en cuenta ello, opino que, por el principio de la mejor y más pronta administración de justicia, debe entender en las presentes causas el Juzgado de Garantías N° 2 Deptal." "El Dr. Lazzari rechaza la competencia atribuida por considerar que... aceptar la competencia declinada importaría un grave retardo en el trámite de la I.P.P. n° 05-91-26 con 2 personas detenidas." "El Dr. Cazeaux plantea formal cuestión de competencia ante esta Alzada por considerar que... la unificación de las investigaciones garantizaría una tutela judicial efectiva y favorecería el ejercicio del derecho de defensa."
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