.................... S/INFRACCIÓN ARTÍCULO 72 Y 74 INCISO A DECRETO LEY 8.031/73
El demandado Franco Augusto Rossini apeló la condena por infracción al artículo 74 inciso A del D.L. 8031/73. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, argumentando que la prueba presentada era suficiente para acreditar la contravención.
Actor: Defensora Oficial, doctora Graciela Saldubehere Demandado: Franco Augusto Rossini Objeto: Revocación de la condena por infracción al artículo 74 inciso "A" del D.L. 8031/73 Decisión: Se confirmó la condena a dos días de arresto y multa de $160.000,00
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La defensa técnica del encartado planteó la nulidad de la sentencia dictada en autos por haberse dictado la misma sin motivación... La sentencia cuestionada abastece los recaudos del art. 106 del ritual, desde que el señor Juez de grado brindó las razones que le permitieron decidir en el sentido que lo hizo..." "En los lugares públicos la norma pretende que todos los ciudadanos gocen de tranquilidad en igualdad de derechos, y no discrimina entre simples ciudadanos o policías... los elementos que constan en autos y que fueron valorados por el señor Juez de Paz letrado de Chivilcoy, resultan suficientes para tener por acreditada tanto la materialidad de la contravención como la autoría de Franco Augusto Rossini respecto de la misma."
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