INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS NN, NN Y OTROS SOBRE CONFLICTO DE COMPETENCIA
El Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 19 y el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 62 se declararon incompetentes en un conflicto de competencia. El Tribunal Superior de Justicia resolvió que el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 62 debe entender en la causa, considerando que existen elementos suficientes para ello.
¿Quién es el actor?
Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 19 y Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 62.
¿A quién se demanda?
No aplica (conflicto de competencia).
- Objeto de la demanda: Determinar la competencia para entender en la causa relacionada con una denuncia por estafa.
- Decisión del tribunal: Se declara competente al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 62.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Fiscal General Adjunto, al tomar intervención, sostuvo que correspondía declarar la competencia del juzgado nacional... era plausible sostener que concurrían los elementos que permiten encuadrar el suceso en el delito de estafa (art. 172, CP)." "El perjuicio patrimonial se había producido como resultado del error al que fue llevada la denunciante, quien víctima de un evidente engaño... permitió el acceso a su cuenta bancaria y la posterior transferencia dineraria hacia una cuenta desconocida."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: