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F., M. B. c/ OSTVLA Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

María Belén Fernández promovió acción de amparo contra OSTVLA y OSDE para mantener su afiliación al Plan OSDE 210 tras su jubilación. La Cámara Federal de La Plata confirmó la sentencia de primera instancia, ordenando la continuidad de la cobertura médico-asistencial.

Amparo Salud Jubilacion Obras sociales Continuidad Cobertura medico-asistencial Ley 19.032 Ley 23.660 Recursos de apelacion Derechos constitucionales


¿Quién es el actor?

María Belén Fernández
- Demandados: OSTVLA y OSDE
- Objeto de la demanda: Continuidad de la afiliación al Plan OSDE 210 tras jubilación.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia que ordena mantener la afiliación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El principio consagrado en el art. 16 de la ley 19.032 aparece corroborado con el dictado de sucesivas normas legales y reglamentarias destinadas a ampliar y garantizar paulatinamente la libertad de elección de los prestadores médicos por parte de los beneficiarios." "La normativa vigente resguarda los derechos de los beneficiarios determinando el modo adecuado para proceder a su ejercicio." "Los jubilados y pensionados pueden permanecer como beneficiarios de las otras obras sociales integrantes del sistema de salud."

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