M. M., A. H. POR INFRACCION A LOS ARTS.72 Y 74 DE LA LEY 8031
El recurrente apeló la condena impuesta a A. H. M. M. por infracción a la Ley 8031, argumentando atipicidad y falta de capacidad para comprender sus actos. La Cámara confirmó la sentencia, sosteniendo que la conducta del imputado fue debidamente acreditada.
Actor: Alejandro Daniel Figueroa Prieto Demandado: A. H. M. M. Objeto: Infracción a los artículos 72 y 74 de la Ley 8031 Decisión: Se confirma la condena a dos días de arresto
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No advierto la atipicidad propuesta por el recurrente, ya que de la declaración indagatoria, como de la sentencia dictada, se desprende con claridad cuál ha sido la conducta reprochada y acreditada por la sentenciante." "La insuficiencia probatoria ante la falta de evacuación de la cita así introducida, arrastran el supuesto al terreno de la duda respecto a si M. M. posee algún tipo de enfermedad mental." "La sola manifestación del inculpado no resulta suficiente para generar duda razonable sobre su capacidad de comprender la ilicitud de sus actos."
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