QUISPE ALDO DAVID Y OTRO C/CISNEROS NORMANDO S/ACCION REIVINDICATORIA
El demandado interpuso un recurso de apelación que fue declarado desierto por no expresar agravios en el plazo correspondiente. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, considerando que el apelante no cumplió con los requisitos procesales establecidos.
Actor: Aldo David Quispe Demandado: Normando Cisneros Objeto: Acción reivindicatoria Decisión: Se declara desierto el recurso interpuesto por la parte demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El art. 261 del CPCC dispone que si el apelante no expresare agravios dentro del plazo o no lo hiciere en la forma prescripta en el art. 260 del citado código, se declarará desierto el recurso y la sentencia quedará firme para él." "En el caso, el apelante del día 16/07/2025 (parte demandada) no ha expresado agravios luego del llamado a hacerlo de fecha 18/12/25, no obstante encontrarse debidamente notificado de esa providencia." "Correspondía hacer efectivo el apercibimiento dispuesto por el art. 261 del citado código, y en consecuencia, declarar desierto el recurso interpuesto por la parte demandada."
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