M. M. M. D. R. C/ V. M. A. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, atribuyendo la responsabilidad exclusivamente a la demandada y ajustando los montos indemnizatorios.
Actor: Micaela María del Rosario Meraviglia Demandado: María Adelaida Vanni; Río Uruguay Cooperativa de Seguros Limitada Objeto: Daños y perjuicios por un accidente de tránsito. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia, rechazando el recurso de apelación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La responsabilidad y la cuantificación del daño: [...] la motocicleta contaba con la prioridad de paso y la pericia mecánica no halló elementos para poder afirmar tal contribución culposa de la víctima [...] la falta de prueba de un aporte causal por parte de la víctima que permita una conclusión distinta me habilitan a aseverar que la sentencia, basada en la responsabilidad objetiva, debe confirmarse." "El importe fijado fue objeto de cuestionamiento, al considerárselo elevado. La determinación de las sumas indemnizatorias en concepto de daño no patrimonial no se encuentra sujetas a reglas fijas, sino que su reconocimiento y cuantía dependen del prudente arbitrio judicial." "Las costas devengadas en la alzada serán soportadas por la apelante vencida (art. 68 del CPCC)."
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