SAAVEDRA, JOSE FRANCISCO C/ OBRA SOCIAL DE ENTRE RIOS (OSER) S/ ACCION DE AMPARO
El actor promovió una acción de amparo contra la Obra Social de Entre Ríos por un descuento indebido en sus haberes. El Superior Tribunal de Justicia confirmó la sentencia de primera instancia, considerando que el descuento carecía de fundamento administrativo y era arbitrario.
Actor: José Francisco Saavedra Demandado: Obra Social de Entre Ríos (O.S.E.R) Objeto: La nulidad de un descuento de $3.401.863,00 en sus haberes por días de inasistencia. Decisión: Se confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo, ordenando la devolución del monto descontado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La ausencia de un acto administrativo previo que instrumente la decisión de efectuar los descuentos referenciados con el pago del salario del mes de agosto, torna la conducta de la obra social en una 'vía de hecho', que, por definición, constituye un comportamiento material ilegítimo." "El descuento efectuado resulta arbitrario y carece de fundamento fáctico y legal, siendo el proceder de la obra social una decisión de autoridad administrativa que, en forma actual, lesiona de manera manifiestamente ilegítima el ejercicio del derecho al cobro de haberes." "La administración tiene la obligación de abonar los haberes frente a la contraprestación del débito laboral."
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