TENIS, DAIANA PATRICIA C/ OBRA SOCIAL DE ENTRE RIOS S/ ACCION DE AMPARO
Daiana Patricia Tenis interpuso una acción de amparo contra la Obra Social de Entre Ríos para obtener la cobertura de medicamentos. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de apelación, confirmando la sentencia que había admitido parcialmente la demanda.
¿Quién es el actor?
Daiana Patricia Tenis
¿A quién se demanda?
Obra Social de Entre Ríos (OSER)
- Objeto de la demanda: Cobertura integral de medicamentos para el tratamiento de diabetes.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia que admitió parcialmente la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El reconocimiento de fecha 19 de septiembre de 2025 con idéntica modalidad y extensión a lo solicitado tornaba abstracto el planteo respecto de 'Metformina', 'Glimepiride', 'Tiras reactivas' y 'Lancetas'; mientras que admitió la demanda en lo concerniente a la 'Semaglutida'... la negativa a su provisión y la oferta de 'sustitutos' por parte de OSER, no es razonable, no tiene fundamentación en la ciencia médica y, por ende, sí califica como arbitraria e ilegítima." "La Ley de trámite administrativo N° 7060 es, en principio, aplicable a la obra social y en su art. 35 establece un plazo de veinte (20) días hábiles para que se evalúen y respondan solicitudes de prestaciones... no se constata manifiestamente dilatorio el plazo que demandó la respuesta." "La actora, lejos de hacerse cargo del fundamento o de justificar por qué no aparecía razonable aguardar el vencimiento del plazo administrativo, indicó que, de no haberse articulado el amparo, no tendría la cobertura de los elementos solicitados, lo que evidencia un argumento meramente conjetural."
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