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ACOSTA GABRIEL CRISTIAN C/ GIUFFRE NOELIA ANABEL S/ DIVORCIO POR PRESENTACION UNILATERAL

El actor promovió un recurso de apelación para modificar la fecha de extinción de la comunidad de bienes en un divorcio unilateral. La Cámara de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia, estableciendo la fecha de separación de hecho como el 17 de noviembre de 2004.

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Actor: Acosta Gabriel Cristian Demandado: Giuffre Noelia Anabel Objeto: Modificación de la fecha de extinción de la comunidad de bienes en un divorcio unilateral. Decisión: Se modifica parcialmente la sentencia, estableciendo la fecha de extinción de la comunidad de bienes al 17 de noviembre de 2004.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El silencio de uno de los cónyuges frente a la fecha de separación de hecho denunciada implica la aceptación de ese hecho, según el principio procesal de la falta de contestación." "Si uno de los cónyuges denuncia una fecha de separación de hecho, y el otro no dice nada, no se configura controversia alguna, y en consecuencia se aplica el artículo 480." "No existió contrapuesta por parte de la cónyuge requerida la fecha en que acaeció la separación de hecho previa al divorcio, por ende, tal circunstancia no se encuentra controvertida en autos."

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