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CAJA DE SEG. SOCIAL PARA PROF. DE LA KINESIOLOGIA PCIA DE BS AS C/ ORENGO MARIA CRISTINA S/ APREMIO

El demandante promovió una acción de apremio para el cobro de aportes previsionales adeudados. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, rechazando la apelación de la demandada y manteniendo la aplicación de la prescripción decenal.

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Actor: Caja de Seguridad Social para Profesionales de la Kinesiología de la Provincia de Buenos Aires Demandado: María Cristina Orengo Objeto: Cobro de aportes previsionales adeudados por un monto de 1953,75 Módulos Kinesicos. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la excepción de prescripción y ordenó la ejecución del pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Se persigue el cobro de aportes previsionales adeudados (capital e intereses) a una Caja Profesional local de módulos kinésicos en concepto de aportes previsionales adeudados por los periodos 2009/10 a 2016/06." "Ante la ausencia de un plazo prescriptivo específico en la Ley 13.917, corresponde aplicar la prescripción decenal prevista en el artículo 16 de la Ley 14.236." "El instituto de la prescripción es materia propia de derecho de fondo, por lo tanto todo lo que haga a sus plazos, modos de suspenderlos o interrumpirlos, debe estar regulado a través de una ley emanada del legislativo nacional." "Se confirma la apelada sentencia del 11 de noviembre de 2025, con costas al recurrente."

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