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B., R. F. M. c/ OBRA SOCIAL DE EMPLEADOS DE LA MARINA MERCANTE Y OTROS s/SUMARISIMO DE SALUD

El actor promovió acción de amparo contra la Obra Social de Mandos Medios de las Telecomunicaciones y Galeno Argentina para mantener su afiliación tras jubilarse. El tribunal hizo lugar a la demanda, ordenando la continuidad de la afiliación en el plan Plata 330, reconociendo el derecho a la salud del actor.

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Actor: R. F. M. B. Demandado: Obra Social de Mandos Medios de las Telecomunicaciones y Galeno Argentina Objeto: Mantenimiento de la afiliación a la obra social tras obtener el beneficio jubilatorio. Decisión: Se hizo lugar a la acción de amparo, ordenando la continuidad de la afiliación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El derecho cuya protección se persigue en autos, en tanto compromete la salud e integridad física de la accionante, aparece reconocido por la Constitución Nacional." "La mera circunstancia de jubilarse no implica, automáticamente, la transferencia del beneficiario al I.N.S.S.J.P., sino que subsiste para el ex trabajador el derecho de permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces." "La decisión adoptada por las demandadas no es ajustada a derecho, ya que conduce a la ruptura unilateral de aquella relación, pretendiendo imponer como obligatoria una afiliación que la propia ley previó con carácter facultativa."

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