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V., F. J. c/ OBRA SOCIAL DE AGENTES DE LOTERIAS Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y OTRO s/SUMARISIMO DE SALUD

Se inicia una acción de amparo por parte de F. J. V. contra la Obra Social de Agentes de Loterías y OMINT para mantener su afiliación a la obra social tras su jubilación. El tribunal hace lugar a la acción, ordenando a las demandadas mantener la afiliación y prestaciones de salud.

Amparo Salud Jubilacion Afiliacion Obras sociales Derechos de los jubilados Continuidad de prestaciones Ley 23.660 Omint Osalara


¿Quién es el actor?

F. J. V.
- Demandados: Obra Social de Agentes de Loterías y OMINT
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación a la obra social tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando a las demandadas mantener la afiliación de la actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La mera circunstancia de jubilarse no implica, automáticamente, la transferencia del beneficiario al I.N.S.S.J.P., sino que subsiste para el ex trabajador el derecho de permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces." "La decisión adoptada por la demandada no es ajustada a derecho, ya que conduce a la ruptura unilateral de aquella relación, pretendiendo imponer como obligatoria una afiliación que la propia ley previó con carácter facultativa para quienes ya poseían una obra social." "Corresponde el mantenimiento de la afiliación de la actora en el Plan invocado como beneficiario de los servicios de salud prestados por OMINT."

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