P., M. V. c/ OSOCNA Y OTRO s/SUMARISIMO DE SALUD
Se promueve acción de amparo por la Sra. M. V. P. contra OSOCNA y OSDE por la pérdida de afiliación y cobertura médica. El tribunal falló a favor de la actora, reconociendo su derecho a mantener la afiliación en el plan 410 tras su jubilación.
¿Quién es el actor?
Sra. M. V. P.
- Demandados: OSOCNA y OSDE
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación a la obra social y cobertura médica tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando a las demandadas mantener la afiliación de la actora y su grupo familiar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La mera circunstancia de jubilarse no implica, automáticamente, la transferencia del beneficiario al I.N.S.S.J.P., sino que subsiste para el ex trabajador el derecho de permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces." "La decisión adoptada por las demandadas no es ajustada a derecho, ya que conduce a la ruptura unilateral de aquella relación, pretendiendo imponer como obligatoria una afiliación que la propia ley previó con carácter facultativa para quienes ya poseían una obra social." "Corresponde el mantenimiento de la afiliación de la actora en el Plan 410 invocado como beneficiario de los servicios de salud prestados por OSDE."
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