.................... S/ QUEJA INTERPUESTA POR PARTICULAR DAMNIFICADO
El particular damnificado interpuso un recurso de queja contra la decisión que rechazó la recusación de un juez. La Cámara de Casación Penal declaró admisible la queja, pero la rechazó por improcedente, argumentando la falta de legitimación del quejoso.
Actor: Juan Manuel Belliure Demandado: Daniel Alejandro De Marco Objeto: Recurso de queja por la improcedencia de la recusación del juez. Decisión: Se declaró admisible la queja, pero se rechazó por improcedente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La queja ha sido deducida en tiempo y forma, circunstancia que sella su admisibilidad a tenor del art. 433 del CPP. En cuanto a su procedencia debo dejar sentado que el tribunal a quo se encuentra plenamente habilitado para efectuar el análisis de legitimidad objetiva... la decisión atacada... no encuadra en ninguno de los autos recurribles a tenor del art. 450 del CPP y paralelamente el quejoso carece de legitimación para impugnarla." "El objeto de la doctrina de la arbitrariedad no es corregir en tercera instancia fallos equivocados, sino cubrir los defectos graves de fundamentación o razonamiento que tornen ilusorio el derecho de defensa... no se advierte en el sub lite ninguna situación de excepción, gravedad institucional o menoscabo a las facultades propias del Particular Damnificado que amerite la intervención de este Tribunal."
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