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INCIDENTE DE COMPETENCIA ENTRE EL JUZGADO DE GARANTIAS Nº 6 DE LA PLATA Y EL JUZGADO DE GARANTIAS Nº 3 DE ESCOBAR (ZARATE CAMPANA)

El Juzgado de Garantías Nº 6 de La Plata planteó un incidente de competencia respecto a la investigación de abusos sexuales. La Cámara resolvió que debe continuar conociendo el Juzgado de Garantías Nº 6, considerando prematuro el planteo de competencia.

Incidente de competencia Abusos sexuales Juzgado de garantias Jurisdiccion Celeridad procesal Economia procesal Hechos delictivos Investigacion penal Derecho de defensa Tribunal de casacion

Actor: Juzgado de Garantías Nº 6
- La Plata Demandado: Juzgado de Garantías Nº 3
- Escobar Objeto: Determinación de competencia en la investigación de abusos sexuales. Decisión: Se declara competente al Juzgado de Garantías Nº 6 de La Plata.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El correcto planteo de una contienda de competencia requiere que se individualicen con exactitud los hechos y se precisen las calificaciones, hasta tanto ello no ocurra, debe continuar conociendo el magistrado que previno en la causa." "Esta ha resultado ser una doctrina jurisdiccional invariable -fundamentada en los principios procesales de celeridad y economía procesal-." "El planteo en la materia no debe ser prematuro, o sea que 'ab initio' se debe contar con todos los elementos necesarios para discernir con claridad y certeza el magistrado con aptitud funcional para conocer en la especie judicial respectiva."

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