(G) L. O. A. S/ AMENAZAS, HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA (IPP 03-02-8652-22) 1275-9850 T.O.C.N°2.
El defensor interpuso un recurso de apelación contra la decisión que denegó la presencia del encartado en la audiencia. La Cámara de Apelaciones confirmó la resolución del Tribunal Oral, argumentando que no se configuraba un agravio irreparable.
Actor: Dr. Ricardo Luis Mendoza (Defensor Oficial) Demandado: LUQUES OSVALDO ANIBAL Objeto: Presencia del encartado en la audiencia. Decisión: Se confirma la resolución que denegó la presencia del encartado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La ley procesal establece claramente que resultan impugnables aquellas resoluciones que expresamente se prevea su apelabilidad o que causen gravamen irreparable. Ninguno de estos supuestos se presenta en el caso a resolver...". "Por los motivos expuestos, considero que la resolución recurrida debe confirmarse." "Visto el acuerdo arribado en el tratamiento de la primera cuestión corresponde declarar improcedente el recurso de apelación interpuesto."
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