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C. B., S. E. C/ R. R. A. S/ ALIMENTOS

El demandante apeló la resolución que fijó una cuota alimentaria a su cargo en beneficio de sus hijos. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, argumentando la asimetría económica entre los progenitores y el interés superior de los niños.

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Actor: C. B., S. E. Demandado: R. R. Objeto: Cuota alimentaria para los hijos D. y A. R. C. Decisión: Se confirma la cuota alimentaria fijada en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La resolución recurrida ponderó el interés superior de los niños, la modalidad de cuidado personal acordada y un informe de movimientos de Mercado Libre, haciendo lugar a la pretensión alimentaria de la actora." "El régimen de cuidado personal compartido no neutraliza la obligación alimentaria, que exige un análisis de las necesidades de los hijos y la capacidad económica de cada progenitor." "La valoración integral de la prueba permite advertir una diferencia relevante de ingresos entre las partes, lo que justifica la fijación de una cuota alimentaria a cargo del progenitor con mayor capacidad contributiva."

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