FISCO NACIONAL - A.F.I.P - D.G.I.C/ SAAVEDRA DANIEL HUGO S/INCIDENTE CONCURSO/QUIEBRA(EXCEPTO VERIFICACION)
El Fisco Nacional apeló la resolución que rechazó la verificación de un crédito por deudas previsionales. La Cámara admitió parcialmente la apelación, declarando prescriptas las deudas anteriores a septiembre de 1999 y reconociendo un crédito de $8.512,12.
Actor: Fisco Nacional
- A.F.I.P
- D.G.I.C
Demandado: Saavedra Daniel Hugo
Objeto: Verificación de créditos por deudas previsionales.
Decisión: Se hace lugar parcialmente a la apelación, declarando prescriptas las deudas anteriores a septiembre de 1999 y admitiendo un crédito de $8.512,12.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho que resulta improcedente negar legitimación a la Administración Federal de Ingresos Públicos para insinuar un crédito generado en la falta de pago de los aportes previsionales de un trabajador autónomo." "La norma limita la exigibilidad de las deudas por aportes previsionales anteriores al 30 de septiembre de 1993, pero nada dice respecto de las devengadas con posterioridad, de lo que se concluye, la ejecutabilidad de las generadas a partir de octubre de 1993." "En virtud de lo expuesto, se declaran prescriptos los periodos anteriores al mes de agosto de 1999." "Se admite la suma de $8.512,12 con carácter de privilegio general, con más los intereses legales con carácter de quirografarios, que deberán ser liquidados por la Sindicatura en el término de 10 días de quedar firme el presente."
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