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ESTANCIAS LA DORITA S.A. Y OTROS C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y OTRO/A S/INCIDENTE (EXCEPTO LOS TIPIFICADOS EXPRESAMENTE)

Las demandantes promovieron un incidente para la actualización de pericias y la cuantificación de daños por inundaciones. La Cámara modificó la sentencia anterior, estableciendo deducciones por impuestos y un plazo de 60 días para el cumplimiento de la condena.

Incidente Danos por inundaciones Lucro cesante Responsabilidad del estado Deduccion de impuestos Plazo de cumplimiento Pericias agronomicas Causas naturales Causas antropicas Cuenca del rio salado

Actor: ESTANCIAS LA DORITA SA y otras Demandado: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Objeto: Actualización de pericias y cuantificación de daños por inundaciones Decisión: Se modifica la sentencia anterior, se establece deducción de impuestos y un plazo de 60 días para el cumplimiento de la condena

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La resolución de mérito ha omitido -una vez más
- abordar y resolver una cuestión esencial sometida a su conocimiento, al soslayar todo análisis respecto de cuales de los daños sufridos por el establecimiento agropecuario posteriores al año 2006 sobrevinieron por causas imputables a la Provincia de Buenos Aires." "Se confirma la sentencia apelada en lo relativo al porcentaje de responsabilidad atribuido al Estado provincial en el daño causado." "Se deja aclarado que sobre el rubro lucro cesante debe deducirse -al momento del pago
- y previa liquidación que se efectuará a ese fin, lo que sobre dicha suma habrían tenido que pagar las actoras en concepto de impuestos nacionales y provinciales y de tasas municipales si efectivamente hubieran producido en el campo para obtener un beneficio equivalente a dicha cantidad."

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