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V S C/ P G E S/ ALIMENTOS

El demandado apeló la sentencia que fijó la cuota alimentaria a favor de su hija menor. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que la cuota era adecuada a las necesidades de la menor y a las posibilidades económicas de ambos progenitores.

Alimentos Cuota alimentaria Progenitores Necesidades de la menor Responsabilidad parental Costas Proporcionalidad Educacion Cuidado personal Jurisprudencia


¿Quién es el actor?

S V

¿A quién se demanda?

E P G
- Objeto de la demanda: Cuota alimentaria definitiva a favor de la hija menor, F.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia que fijó la cuota alimentaria en dos salarios mínimos vitales y móviles, más el pago íntegro de la cuota escolar.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La obligación alimentaria corresponde a ambos progenitores y reviste carácter dinámico, de modo que su contenido puede ajustarse cuando varían las circunstancias fácticas tenidas en cuenta al momento de su fijación." "La prestación alimentaria del pago íntegro de la cuota escolar del establecimiento educativo al que asiste la niña, resulta ajustado a derecho y justificado en las constancias obrantes en autos." "La obligación alimentaria no se agota en un monto pecuniario, sino que comprende también los aportes directos que cubren las necesidades esenciales de la niña."

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