F. M. V. C/ L. H. F. S/ INCIDENTE DE ALIMENTOS
El actor promovió un incidente de aumento de alimentos en favor de sus hijas. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, considerando que se ponderaron adecuadamente las necesidades de las alimentadas y la capacidad económica del alimentante.
Actor: F. M. V. Demandado: L. H. F. Objeto: Aumento de la cuota alimentaria para las hijas A. y V. Decisión: Se confirma la sentencia del 17/6/2025 que fijó la cuota alimentaria en el 40% del salario del alimentante.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La obligación de alimentos comprende la satisfacción de las necesidades de los hijos de manutención, educación, esparcimiento, vestimenta, habitación, asistencia, gastos por enfermedad y los gastos necesarios para adquirir una profesión u oficio." "La cuota de alimentos establecida... es pasible de ser modificada si, con posterioridad, hubiera habido una variación en los presupuestos de hecho que se tuvieron en cuenta para su determinación." "No se advierte mérito para apartarse de lo decidido por el Sr. Juez de la instancia de origen en el resolutorio en crisis."
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