.................... S/FALTAS Y CONTRAVENCIONES
Telefónica Móviles Argentina S.A. apeló una multa impuesta por la Municipalidad de Malvinas Argentinas por falta de habilitación de antena. La Cámara de Apelación confirmó la sentencia de primera instancia, argumentando que la competencia municipal es válida en este caso.
Actor: Municipalidad de Malvinas Argentinas Demandado: Telefónica Móviles Argentina S.A. Objeto: Infracción a la normativa municipal por falta de habilitación de antena. Decisión: Se confirmó la multa impuesta a Telefónica Móviles Argentina S.A.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La infracción endilgada en el caso no se vincula con la prestación del servicio público de telecomunicaciones, cuyo juzgamiento correspondería al fuero federal, sino con la circunstancia de haber instalado una estructura soporte de antena para telefonía celular sin habilitación municipal." "No se advierte incompatibilidad alguna entre la Ley Nacional de Telecomunicaciones y el artículo 84, inciso cuarto, de la Ordenanza Municipal N.º 16/96, dado que, aun cuando la conducta de la contraventora se encuentra sujeta a la normativa nacional, correspondía igualmente observar los requisitos formales previstos en la reglamentación municipal." "La denuncia de arbitrariedad e irrazonabilidad aparece infundada al carecer de referencia a los elementos cargosos reunidos y ponderados."
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