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.................... S/FALTAS Y CONTRAVENCIONES (CN 2942)

El demandado apeló una multa impuesta por la Intendencia Municipal de Malvinas Argentinas por falta de habilitación para la instalación de antenas. La Cámara de Apelación confirmó la sentencia de primera instancia, argumentando que la competencia municipal es válida en este caso.

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Actor: Intendencia Municipal de Malvinas Argentinas Demandado: Telefónica Móviles Argentina S.A. Objeto: Multa por falta de habilitación para la instalación de antenas de telefonía celular. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que impuso la multa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La recurrente ciñe su escrito recursivo a un agravio en particular. Explica que la resolución que se ataca se encuentra en clara contradicción con el sistema normativo federal... la infracción endilgada en el caso no se vincula con la prestación del servicio público de telecomunicaciones, sino con la circunstancia de haber instalado una estructura soporte de antena para telefonía celular sin habilitación municipal..." "En consecuencia, no se advierte incompatibilidad alguna entre la Ley Nacional de Telecomunicaciones y el artículo 84, inciso cuarto, de la Ordenanza Municipal N.º 16/96, dado que, aun cuando la conducta de la contraventora se encuentra sujeta a la normativa nacional, correspondía igualmente observar los requisitos formales previstos en la reglamentación municipal."

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