.................... S/FALTAS Y CONTRAVENCIONES ( CN 2935)
Telefónica Móviles Argentina S.A. apeló una multa impuesta por la Intendencia Municipal de Malvinas Argentinas por falta de habilitación de antena. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia, argumentando que la competencia municipal es válida en este caso.
Actor: Intendencia Municipal de Malvinas Argentinas Demandado: Telefónica Móviles Argentina S.A. Objeto: Multa por instalación de antena sin habilitación municipal. Decisión: Se confirma la sentencia que impuso la multa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La infracción endilgada en el caso no se vincula con la prestación del servicio público de telecomunicaciones, cuyo juzgamiento correspondería al fuero federal, sino con la circunstancia de haber instalado una estructura soporte de antena para telefonía celular sin habilitación municipal." "No se advierte incompatibilidad alguna entre la Ley Nacional de Telecomunicaciones y el artículo 84, inciso cuarto, de la Ordenanza Municipal N.º 16/96, dado que, aun cuando la conducta de la contraventora se encuentra sujeta a la normativa nacional, correspondía igualmente observar los requisitos formales previstos en la reglamentación municipal." "La denuncia de arbitrariedad e irrazonabilidad aparece infundada al carecer de referencia a los elementos cargosos reunidos y ponderados."
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