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DUHALDE MARIA ALEJANDRA S/ CONCURSO PREVENTIVO(PEQUEÐO)

Se interpuso un recurso de apelación por la concursada Duhalde María Alejandra contra la sentencia que rechazó la exclusión del voto de la acreedora María Ayelén Olivera Fonseca. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, argumentando que la deudora no acreditó el abuso del derecho invocado.

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Actor: Duhalde María Alejandra Demandado: María Ayelén Olivera Fonseca Objeto: Exclusión del voto de la acreedora en el concurso preventivo. Decisión: Se rechazó la apelación y se confirmó la sentencia de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La deudora no acreditó el abuso del derecho invocado como fundamento de su pretensión, ni probó que la acreedora hubiera ejercido su derecho en forma irregular o evidenciando una conducta hostil." "La imputación que realiza en torno a la falta de perspectiva de género, tampoco puede admitirse ya que tanto la deudora como la acreedora se encuentran en completa simetría." "La concursada no ha dado cumplimiento en tiempo de la obligación exigida en el art. 46 de la ley 24522, una vez devuelto el expediente a primera instancia el Sr. Juez deberá decretar la quiebra de la concursada."

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