M., I. Y N. S/ MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL
Los progenitores del niño I. M. apelaron la prórroga de la Medida de Protección Excepcional (MPE) homologada por el juzgado. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión, argumentando que la prórroga era coherente con el interés superior del niño y la necesidad de estabilidad en su situación.
- Quién demanda: M. G. C. y C. D. M.
¿A quién se demanda?
Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (Copnaf).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Convalidación de la prórroga de la Medida de Protección Excepcional (MPE) del niño I. M.
¿Qué se resolvió?
Se rechazaron los recursos de apelación, confirmando la prórroga de la MPE.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La intervención del órgano administrativo se había iniciado hacía más de tres años, tiempo en que transcurrieron distintas audiencias, evaluaciones, y planes de acción." "La prórroga de la MPE interesada era proporcional, al responder a hechos de gravedad suficiente." "Los recurrentes no muestran sea errada la apreciación sobre la imposibilidad de la Sra. C. de ejercer por sí los cuidados de su hijo menor de edad debido a las complejidades que reviste su salud mental." "La inasistencia de representantes del Copnaf a la audiencia no modifica la necesidad de prórroga de la MPE, que se basa en el interés superior del niño."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: