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BONAVITA SANDRA C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA PROV. DE BS. AS. S/ INCIDENTE DE APELACIÓN EN CAUSA A-1752-2025

Se interpuso un incidente de apelación por la medida cautelar que ordenaba el restablecimiento de la movilidad jubilatoria de la actora. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo revocó la medida cautelar, argumentando la falta de verosimilitud del derecho invocado y la ausencia de peligro en la demora.

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Actor: Sandra Bonavita Demandado: Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Restablecimiento de la movilidad jubilatoria y declaración de inconstitucionalidad de ciertas adecuaciones. Decisión: Se revocó la medida cautelar que ordenaba el restablecimiento de la movilidad jubilatoria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La cuestión cautelar en debate resulta sustancialmente análoga a la evaluada por esta Cámara en causas anteriores, donde se ha sostenido que las medidas precautorias reflejan una actividad de tipo preventiva dentro del proceso, exigiendo la verosimilitud del derecho invocado y la posibilidad de sufrir un perjuicio inminente." "No se advierte que la no inclusión provisoria del concepto cuya incorporación se encuentra controvertida pueda configurar un perjuicio irreparable que justifique el adelantamiento cautelar de sus efectos." "La ausencia de una suficiente acreditación del agravio que la denegatoria cautelar le ocasionaría en su situación particular impide afirmar la concurrencia del requisito en examen."

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