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ARIAS JORGE ALBERTO C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION

El Sr. Jorge Alberto Arias promovió acción contencioso administrativa por el reconocimiento de derechos jubilatorios, solicitando la inconstitucionalidad de la ley 15.008. El Tribunal declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de dicha ley, reconociendo el derecho a la movilidad jubilatoria conforme a la ley 15.514.

Accion contencioso administrativa Inconstitucionalidad Movilidad jubilatoria Ley 15.008 Ley 15.514 Derechos adquiridos Seguridad social Caja de jubilaciones Banco de la provincia de buenos aires Herederos


¿Quién es el actor?

Jorge Alberto Arias (herederos)

¿A quién se demanda?

Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Reconocimiento de derechos jubilatorios y declaración de inconstitucionalidad de la ley 15.008.
- Decisión del tribunal: Se declara la inconstitucionalidad del art. 41 de la ley 15.008 y se ordena el cálculo de la movilidad de los haberes conforme a la ley 15.514.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La declaración de inconstitucionalidad de una ley o decreto constituye un acto de suma gravedad institucional, debiendo considerarse la última ratio del orden jurídico." "El artículo 41 de la ley 15.008 afecta el derecho adquirido en virtud de la aplicación de la ley de cese y resulta contrario a los arts. 10 y 31 de la Constitución Provincial." "El nuevo mecanismo de movilidad provoca un evidente menoscabo al principio de progresividad, vulnerando la garantía constitucional de movilidad jubilatoria y el derecho a la seguridad social."

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