SOLANA MANUEL ANIBAL C/ MUNICIPALIDAD DE CHACABUCO S/ PRETENSION DECLARATIVA DE CERTEZA - OTROS JUICIOS
El actor solicitó la declaración de inconstitucionalidad de la norma que establece un plazo de prescripción de cinco años para multas de tránsito. El Tribunal declaró la inconstitucionalidad y estableció que el plazo aplicable es de dos años, conforme al Código Penal.
Actor: Manuel Aníbal Solana Demandado: Municipalidad de Chacabuco Objeto: Declaración de inconstitucionalidad de la norma que regula la prescripción de multas por infracciones de tránsito. Decisión: Se declaró la inconstitucionalidad del plazo de cinco años de prescripción y se estableció que corresponde el plazo de dos años del Código Penal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El cuestionamiento se focaliza en que la prescripción regulada en la ley local de tránsito se aparta de las disposiciones del Código Penal invadiendo atribuciones expresamente delegadas por el constituyente al Congreso Nacional." "La prescripción en materia penal puede ser declarada, incluso, de oficio, en cualquier instancia del proceso penal, por tratarse de una cuestión de orden público que, como tal, opera de pleno derecho, por el mero transcurso del tiempo." "Se advierte entonces que la inmediatez y dinamismo que sustenta el ejercicio del accionar administrativo se evapora en la práctica, desnutriendo así los principios específicos y cardinales de eficacia y celeridad."
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