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GIANOLI, MARIA VIRGINIA c/ MUNICIPALIDAD DE SAN CRISTOBAL -ACCION AUTONOMA DE NULIDAD DE SENTENCIA - JUICIO SUMARIO- s/ AVOCACION (REVOCATORIA)

La actora, María Virginia Gianoli, interpuso un recurso de revocatoria contra el auto regulatorio de honorarios en el juicio sumario contra la Municipalidad de San Cristóbal. El tribunal rechazó la revocatoria, argumentando que el Estado no está exento del pago de honorarios cuando la parte contraria es un particular.

Incidente Honorarios Revocatoria Ley 11.790 Municipalidad Estado Condena en costas Igualdad Abogados Juicio sumario


- Quién demanda: María Virginia Gianoli

¿A quién se demanda?

Municipalidad de San Cristóbal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revocatoria del auto regulatorio de honorarios

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la revocatoria interpuesta

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El artículo 1 de la ley 11.790 -invocado por la propia recurrente
- dispone que el Estado no pagará honorarios por actividad abogadil desarrollada en juicio o actuaciones administrativas, únicamente cuando los profesionales mantengan con aquél una relación de dependencia de cualquier tipo, salvo estipulación en contrario (que no concurre en autos)." "Por ello, cuando la parte contraria al Estado en un juicio es condenada en costas, nada impide a los abogados de aquél a solicitar la regulación de honorarios y, posteriormente, perseguir su cobro por los medios correspondientes." "La condena en costas y la consecuente obligación de pagar los gastos y honorarios correspondientes, coloca en un pie de igualdad a todos los litigantes que hayan resultado vencidos en un proceso determinado (art. 251, Código Procesal Civil y Comercial)."

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