M. C. L. C/ B. H. M. S/ AUTORIZACION JUDICIAL
El actor apeló la decisión que autorizó el viaje de su hijo al exterior y cuestionó la imposición de costas. La Cámara de Apelaciones hizo lugar al recurso y determinó que las costas debían ser a cargo del demandado, considerando injusta la decisión de imponerlas en el orden causado.
Actor: C. L. M. Demandado: H. M. S. B. Objeto: Autorización judicial para el viaje del niño M. A. B. al exterior y la modificación de la imposición de costas. Decisión: Se hizo lugar al recurso de apelación y se impusieron las costas al demandado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El principio objetivo de la derrota en materia de costas rige como regla general y tiene aplicación en todo tipo de procesos e incidentes (art. 68 CPCC), salvo las excepciones específicas previstas por la normativa vigente." "En el caso, no encuentro mérito para apartarme del principio general referido, que impone las costas al perdidoso." "Por lo tanto, habiéndose admitido en forma íntegra la acción... aparece injusta la decisión que las fijó en el orden causado."
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